RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 163-2016-MTC/27
La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones tiene entre sus funciones el otorgar permisos de Internamiento, de equipos y aparatos de telecomunicaciones. En ese sentido, ha propuesto la relación y condiciones de los equipos y aparatos de telecomunicaciones que se sujetarán a las excepciones al permiso de internamiento definitivo establecidos en el Decreto Supremo Nº 001-2016-MTC, el cual fue publicado en marzo de 2016 y entraría en vigencia a los 30 días de su publicación.
De esta manera, la presente Resolución muestra a detalle lo siguiente: la relación de los equipos y aparatos de telecomunicaciones que aun contando con homologación requieren de permiso de internamiento y la relación de equipos y aparatos de telecomunicaciones exonerados del permiso de internamiento, al ser considerados de uso privado. Asimismo, aprueba que la cantidad de equipos y aparatos de telecomunicaciones considerados para uso privado es de máximo cinco (5) unidades por viaje o envío contenidos en una declaración aduanera y determina que productos no son considerados mercancías restringidas, dado que por sus características de funcionamiento no son pasibles de generar daños a las redes públicas, causar interferencias electromagnéticas, afectar la seguridad del usuario, o afectar el correcto uso del espectro radioeléctrico.
La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial “El Peruano”. (http://www.elperuano.pe/)