RESOLUCIÓN SMV
N° 007-2016-SMV/01
La SMV tiene como
finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y
transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de
precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos y
la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de
la regulación, supervisión y promoción.
De igual manera, la SMV
tiene entre sus funciones dictar las normas legales que regulen materias del
mercado de valores; En ese sentido y atendiendo a las necesidades de fijación
de disposiciones de carácter general para el reconocimiento de las ofertas
públicas primarias de valores extranjeros que se encuentren previamente
inscritos y/o autorizados por el supervisor de mercados de valores extranjeros
reconocidos, con la finalidad de que tales ofertas se difundan al público en el
país, es por ello que se aprueba el “Reglamento
para el Reconocimiento de Ofertas Públicas Primarias de Valores inscritos y/o
Autorizados en los países que integran la alianza del pacífico y/o el mercado
integrado latinoamericano – MILA”.
Dicho reglamento
podrá ser visualizado en el portal del Mercado de Valores de la
Superintendencia del Mercado de Valores: www.smv.gob.pe