Decreto Supremo N° 004-2009-MINAM
Se aprueba el reglamento del numeral 149.1 del artículo 149º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, referido a la formalización de denuncias penales por infracción a la normativa ambiental vigente en el país a partir de la generación de un informe fundamentado a cargo de las entidades sectoriales competentes dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días de solicitado.