Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas previstas en la Ley General de Aduanas.

Res. N° 002-2015-SUNAT/500000.-

Aprueban el Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas, el mismo que está conformado por siete (7) artículos y un anexo, que forman parte integrante de la presente resolución.

El reglamento tiene por finalidad establecer el Régimen de Gradualidad aplicable a las sanciones de multa correspondientes a las infracciones tipificadas en:

a)     El numeral 7 del inciso a); numerales 3, 4 y 5 del inciso b) y numeral 1 del inciso c) del artículo 192° de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053.
b)     El numeral 3 del inciso c) del artículo 192° de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053, sólo en el supuesto en que la multa sea equivalente al 50% del monto restituido indebidamente cuando tenga incidencia en su determinación
c)     Los numerales 3, 4 y 5 del inciso d), y numerales 1 y 4 del inciso e) del artículo 103° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 129-2004-EF.
d)     Los numerales 6 y 10 del inciso d) y el inciso i) del artículo 103° de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 809.

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