D.S N° 027-2011-EM
Mediante esta norma se aprueba el reglamento del Mercado de corto plazo de electricidad, a fin de asegurar la suficiencia de generación de energía, de modo que se reduzca la exposición del sistema eléctrico peruano a la volatilidad de precios y riesgos de racionamiento por falta de la misma. Así, se dispone que para ser participante en el mercado de energía de corto plazo se requiere ser integrante del COES, y en el caso de distribuidores y grandes usuarios, haber constituido las garantías y fideicomiso a que se refiere el artículo 8 del presente reglamento.