07-07-13
Res. N° 4095-2013
Aprueban el Reglamento de la Reserva de Siniestros, según se indica a continuación:
“REGLAMENTO DE LA RESERVA DE SINIESTROS
Artículo 1°.- Alcance
El presente reglamento es aplicable a las empresas señaladas en el literal D del artículo 16º de la Ley General, en adelante empresas.
Artículo 2°.- Definiciones
Para efectos de lo dispuesto en la presente norma considérense las siguientes definiciones:
a) Método estadístico: Método de triángulos o Método de Cadencia en el pago de los siniestros (“run off triangle”); corresponde a la metodología utilizada para la estimación de las reservas de siniestros basada en el análisis de la Distribución bidimensional de la siniestralidad a lo largo del tiempo.
b) Factor de desarrollo: Tal como se define en el paso 6 del anexo metodológico adjunto al presente reglamento.
c) Factor de cola: Tal como se define en el paso 7 del anexo metodológico adjunto al presente reglamento.
d) Reclamación: Solicitud de cobertura de siniestros.
e) Siniestro abierto: Es aquel siniestro cuyas consecuencias pueden o no haber sido indemnizadas pero que pueden estar pendientes otros pagos o trámites. Corresponde a un siniestro que no está cerrado.
f) Siniestro cerrado: Corresponde a aquel siniestro en que las partes han confirmado su aceptación y ya no es
Susceptible de ser reabierto. …”