Aprueban Reglamento de la Reserva de Siniestros

07-07-13

Res. N° 4095-2013

Aprueban el Reglamento de la Reserva de Siniestros, según se indica a continuación:

“REGLAMENTO DE LA RESERVA DE SINIESTROS

Artículo 1°.- Alcance

El presente reglamento es aplicable a las empresas señaladas en el literal D del artículo 16º de la Ley General, en adelante empresas.

Artículo 2°.- Definiciones

Para efectos de lo dispuesto en la presente norma considérense las siguientes definiciones:

a) Método estadístico: Método de triángulos o Método de Cadencia en el pago de los siniestros (“run off triangle”); corresponde a la metodología utilizada para la estimación de las reservas de siniestros basada en el análisis de la Distribución bidimensional de la siniestralidad a lo largo del tiempo.

b) Factor de desarrollo: Tal como se define en el paso 6 del anexo metodológico adjunto al presente reglamento.

c) Factor de cola: Tal como se define en el paso 7 del anexo metodológico adjunto al presente reglamento.

d) Reclamación: Solicitud de cobertura de siniestros.

e) Siniestro abierto: Es aquel siniestro cuyas consecuencias pueden o no haber sido indemnizadas pero que pueden estar pendientes otros pagos o trámites. Corresponde a un siniestro que no está cerrado.

f) Siniestro cerrado: Corresponde a aquel siniestro en que las partes han confirmado su aceptación y ya no es

Susceptible de ser reabierto. …”

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