D.S. N° 026-2008-AG
Se ha aprobado el Reglamento de la Ley General de Semillas el cual es aplicable a toda persona natural o jurídica, sociedades de hecho, patrimonios autónomos, o cualquier otra entidad, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, en el ámbito de las actividades relativas a la investigación, producción, certificación y comercialización de semillas de las especies vegetales susceptibles de ser aprovechadas económicamente en todo el territorio nacional.
Entre las principales disposiciones de la norma se encuentran las relativas a:
- Clases de semillas y registros a cargo de la autoridad en semillas
- De la investigación
- De la producción
- De la certificación
- De la comercialización
- De la autoridad en semillas
- De las infracciones y sanciones