Res. N° 026-2014-CD-OSITRAN.-
Mediante Carta N° 370-2014-APMTC/GG recibida por OSITRAN con fecha 13 de mayo de 2014, la empresa concesionaria APM Terminals Callao S.A. solicitó la aprobación de su propuesta de modificación del artículo 2.6 de su “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios”, posteriormente mediante Resolución de Gerencia de Supervisión y Fiscalización N° 020-2014-GSF/OSITRAN se publico dicha propuesta en el diario oficial El Peruano de 31 de mayo de 2014.
Por lo cual, disponen aprueban la propuesta de modificación del artículo 2.6 del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de APM Terminals Callao S.A., el cual queda redactado en los siguientes términos:
“2.6 Dependencia Resolutiva
Las Gerencias de Finanzas, Legal y/o Comercial de APM TERMINALS CALLAO S.A., son las dependencias responsables de resolver los reclamos presentados por los USUARIOS, en primera instancia.”