Aprueban el “Procedimiento para la revalidación de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 029-2020-OS/CD

A fin de revalidar la inscripción en el Registro de Hidrocarburos, resulta necesario que las instalaciones de los agentes que realizan transporte terrestre, almacenamiento, distribución y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), cumplan como mínimo con determinadas Condiciones de Seguridad de Criticidad Alta.

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