Aprueban Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para un segundo punto y para un tercer punto, empotrado y a la vista, que se aplicarán en las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao y en el departamento de Ica

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 072-2020-OS/CD

Artículo 1.- Aprobar los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para un segundo punto, empotrado y a la vista, que se aplicarán en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao y en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, que se señalan en el Cuadro N° 1 y que serán cubiertos por el FISE.

Cuadro N° 1: Precio Máximo del Servicio Integral

de Instalación Interna para un segundo punto

Servicio Integral de Instalación Interna

Precios Máximos

sin IGV

(S/)

Empotrado

1 342,97

A la vista

1 234,90

Artículo 2.- Aprobar los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para un tercer punto, empotrado y a la vista, que se aplicarán en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao y en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, que se señalan en el Cuadro N° 2 y que serán cubiertos por el FISE.

Cuadro N° 2: Precio Máximo del Servicio Integral de Instalación Interna para un tercer punto

Servicio Integral de Instalación Interna

Precios Máximos

sin IGV

(S/)

Empotrado

1 675,45

A la vista

1 547,97

Artículo 3.- Disponer que los precios máximos a que se refieren los artículos 1 y 2 precedentes serán aplicable a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución hasta la vigencia del Programa Anual de Promociones 2020, aprobado por Resolución Ministerial N° 007-2020-MINEM/DM, conforme al numeral 10.5 del Reglamento de la Ley N° 29852 aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM.

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