Aprueban para el período julio de 2016 hasta junio de 2017, el Formato y las Especificaciones Técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT y el Formato y las Especificaciones Técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del Certificado del Seguro Obligatorio de Tránsito – SOAT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 394-2016 MTC/01.02
El Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, en el marco de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. Asimismo, en su artículo 21 establece que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito debe constar en un certificado, cuyo formato y contenido será aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
En ese sentido, la Dirección General de Transporte Terrestre en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones han evaluado el formato y el contenido de los instrumentos señalados precedentemente, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, así como el otorgamiento de los mecanismos de seguridad necesarios para evitar su adulteración.
En ese sentido resulta necesario aprobar el nuevo Formato y Especificaciones Técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito para el período comprendido desde el 1 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017. Dicho formato podrá visualizarse en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe).