D.S. N°002-2014-EF.-
Aprueban las normas reglamentarias de la Ley N° 30131 que faculta a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria-SUNAT, para que durante un (1) año, a partir de su vigencia, disponga de manera expeditiva de las mercancías que hayan ingresado a los almacenes de la SUNAT o a los almacenes aduaneros hasta el 31 de marzo de 22013, sea en situación de abandono, incautadas o comisadas, incluidas las provenientes de la minería ilegal, procedentes de la aplicación del Decreto Legislativo N° 1053-Ley General de Aduana o de la Ley N° 28008-Ley de Delitos Aduaneros.