Res. Nº 1132-2015.-
Aprueban la Norma que regula el procedimiento de atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario, que se transcribe a continuación:
Establecen el procedimiento que deben seguir las empresas reguladas y/o supervisadas por la Superintendencia según el literal A del artículo 16° de la Ley Genera, a efectos de cumplir con la atención oportuna, de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario que son formuladas por las autoridades competentes, canalizadas o no a través de la Superintendencia, en el ejercicio de sus funciones.
La norma contiene los siguientes articulados: Recepción y trámite de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario y envío a las empresas (Artículo 4º); Responsabilidad y designación del funcionario responsable de atender las solicitudes de levantamiento del secreto bancario (Artículo 6°), entre otros.