APRUEBAN MODIFICACIÓN DE LOS NUMERALES 2.1 Y 2.2 DE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA BONIFICACIÓN POR FUNCIÓN CRÍTICA O RIESGOSA A LOS TRABAJADORES DE LA SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 009-2017/SUNAT

Mediante la presente Resolución, se modifican los numerales 2.1 y 2.2 de las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT, cuya actualización fue aprobada por Resolución de Superintendencia N.° 219-2016/SUNAT, por los siguientes textos:

 

“2.1. Función Crítica es aquella que es estratégica para el logro de los objetivos y metas de la Institución y por su incidencia en los productos y servicios que ésta debe proporcionar, siempre que así se califique mediante Resolución de Superintendencia, previa evaluación favorable en base a los criterios que establezca la Intendencia Nacional de Recursos Humanos.

 

2.2. Función Riesgosa es aquella que implique alto riesgo para el trabajador por la labor que efectúa desarrollando funciones de control o facilitación de las obligaciones tributarias, siempre que así se califique mediante Resolución de Superintendencia, previa evaluación favorable en base a los criterios que establezca la Intendencia Nacional de Recursos Humanos.”

 

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