D.S. N° 014 – 2010 – EF
Mediante esta norma se modifica el artículo 111° del Reglamento de la Ley General de Aduanas relativo a la responsabilidad por el traslado de la mercancía, el cual queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 111° Responsabilidad por el traslado de la mercancía. (anterior) | Artículo 111° Responsabilidad por el traslado de la mercancía. (modificado) |
El depósito aduanero es responsable por las mercancías durante el traslado de las mismas desde el punto de llegada hasta la entrega a sus recintos. | El dueño o consignatario es responsable por las mercancías durante el traslado de las mismas desde el punto de llegada hasta la entrega al depósito aduanero. |