RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0198-2020-MINAGRI
Artículo 1. Aprobar los tres (3) modelos de Condiciones Generales que forman parte de la presente Resolución, para el subsidio de las primas de los seguros agropecuarios que se detallan con las características siguientes:
Seguro agrícola de rendimiento |
Seguro agrícola de plantaciones |
Seguro agrícola de daño directo |
– Para cultivos transitorios y permanentes. – Protege contra riesgos cubiertos que causen reducción al rendimiento. – El valor asegurado es el costo de producción / hectárea. – Garantiza diferentes niveles de rendimiento esperado. – Se indemniza si el rendimiento obtenido cae por debajo del asegurado. – El monto a indemnizar es proporcional al nivel de pérdida del rendimiento. |
– Para cultivos permanentes. – Protege la muerte de las plantaciones. – El valor asegurado es el costo de instalación /hectárea. – El seguro garantiza el 100% de las plantas por hectárea. – La pérdida se determina por valor de las plantas muertas. – El monto a indemnizar es el monto total de la pérdida descontando el deducible establecido. |
– Para cultivos transitorios y permanentes. – Protege los daños directos e inmediatos al cultivo. – El valor asegurado es el costo de producción /hectárea. – La Indemnización se aplica mediante la estimación del % de pérdida al momento del siniestro. |
Artículo 2. Notificar la presente Resolución a la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE y al Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario – FOGASA, para los fines de ley.