Aprueban los Ratios por actividad productiva y nivel de ventas para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas correspondiente al ejercicio 2018

DECRETO SUPREMO Nº 015-2018-EF

La presente norma aprueba los Ratios máximos anuales de ventas por trabajador, por actividad productiva y nivel de ventas para las empresas y unidades productivas ubicadas en zonas altoandinas correspondientes al ejercicio 2018, de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.

(En Soles / Número de trabajadores)

No

CIIU

DESCRIPCIÓN

RATIO

1

0121

CRÍA DE GANADO

207 000

2

0122

CRÍA DE ANIMALES DOMÉSTICOS

274 000

3

0200

SILVICULTURA Y EXT. DE MADERA

343 000

4

0500

PESCA – EXPLOT. CRIADEROS DE PECES

188 000

5

1511

PRODUC. CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS

262 000

6

1513

ELAB. FRUTAS-LEG. Y HORTALIZ-AS

63 000

7

1520

ELAB. DE PRODUCTOS LÁCTEOS

854 000

8

1531

ELAB. DE PRODUCTOS DE MOLINERÍA

432 000

9

1532

ELAB. DE ALMIDONES Y DERIVADOS

717 000

10

1549

ELAB. DE OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS

255 000

11

1711

PREP. Y TEJ. DE FIBRAS TEXTILES

169 000

12

1712

ACABADO DE PROD. TEXTILES

155 000

13

1721

FAB. ART. CONFECCIONADOS

150 000

14

1722

FAB. DE TAPICES Y ALFOMBRAS

241 000

15

1723

FAB. CUERDAS – CORDELES Y REDES

159 000

16

1729

FAB. OTROS PROD. TEXTILES NEOP.

204 000

17

1730

FAB. TEJIDOS Y ART. DE PUNTO

113 000

18

1810

FAB. DE PRENDAS DE VESTIR

129 000

19

1912

FAB. DE MALETAS Y OTROS

214 000

20

2691

FAB. PROD. CERÁMICA NO REFRACT. N. EST.

329 000

21

3691

FAB. JOYAS Y ARTÍCULOS CONEXOS

137 000

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