Aprueban el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas

DECRETO SUPREMO N° 064-2020-EF

No se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fiscal y el cliente tenga la condición de agente de retención del IGV o figure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”;

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