Res. N° 172-2014-OS/CD.-
Aprueban la Liquidación Final de la Compensación de la Tarifa Única de Distribución (TUD) establecida en el artículo 4° del D.S. N° 048-2008-EM, estableciéndose un saldo pendiente de US$ 1 349 871 (un millón trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y uno dólares americanos), al 31 de diciembre de 2013.
Se hace mención que, el saldo a que se refiere en el párrafo anterior debidamente actualizado, deberá ser considerado como un Cargo Unitario al Peaje de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, aplicable a los usuarios finales de las Áreas de Demanda 6 y 7, debiendo ser fijado en la próxima actualización trimestral de peajes que se efectúe.
Al finalizar el trimestre de aplicación del Cargo Unitario a que se refiere el Artículo 2° precedente, se determinará el saldo pendiente, debiendo considerar al mismo como un crédito en caso resulte negativo y como un débito cuando resulte positivo. Dicho saldo, debidamente actualizado, será considerado en el siguiente reajuste o revisión tarifaria de la Tarifa Única de Distribución de la concesión de Lima y Callao que se realice.