D.S. N° 149-2007-EF.
Mediante el Decreto Supremo N° 149-2007-EF se aprobaron los Lineamientos para la devolución de los descuentos realizados en exceso en aplicación de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28449, así como de los aportes efectuados incorrectamente por el Fondo para la Asistencia Previsional – FASP, administrado por el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – FCR.
Entre dichos Lineamientos se encuentran: 1)Solicitud para la devolución de los descuentos realizados en exceso y/o aportes efectuados incorrectamente al Fondo para la Asistencia Previsional, 2) Generalidades a tomar en cuenta por las entidades que solicitan la devolución de los descuentos realizados en exceso y/o aportes efectuados incorrectamente al FASP, 3)Limite y procedimiento para la devolución de los recursos provenientes del FASP a las entidades que no reciben recursos del Tesoro Público para el pago de pensiones, 4)Procedimiento para la devolución a las entidades que perciben recursos del Tesoro Público para el pago de pensiones, 5)Procedimiento para la devolución a las entidades que no perciben recursos del Tesoro Público y 6)Obligación de informar al Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales.
Finalmente, a partir del primer día útil de enero del 2008 se delega a la Oficina de Normalización Previsional – ONP, la facultad de reconocer, declarar y calificar solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del régimen del Decreto Ley N° 20530 de todas aquellas entidades que cuenten con personal activo y/o cesante de dicho régimen y cuyas pensiones sean financiadas con recursos del Tesoro Público.