RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 004-2020-PCM/DVGT
Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos
Aprobar los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir en el proceso de atención alimentaria complementaria regulado por el Decreto de Urgencia Nº 068-2020”, que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Modificación de la Resolución Viceministerial Nº 002-2020-PCM/DVGT
Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 002-2020-PCM/DVGT, conforme al texto siguiente:
“Artículo 1.- Asignación de funciones a la Secretaría de Descentralización
Asígnase a la Secretaría de Descentralización el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 068-2020 y en los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir en el proceso de atención alimentaria complementaria en el marco del Decreto de Urgencia Nº 068-2020”, con respecto a las funciones que se detallan a continuación:
– Ejercer la coordinación de las actividades, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, con los Gobiernos Locales y otras entidades públicas, para la provisión excepcional de alimentos a familias de mayor vulnerabilidad económica y alimentaria en Lima Metropolitana y Callao, en el marco de lo dispuesto en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.
– Emitir la opinión favorable, previo inicio del proceso de distribución, de conformidad con lo dispuesto en los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir en el proceso de atención alimentaria complementaria en el marco del Decreto de Urgencia Nº 068-2020”.
– Desarrollar el aplicativo informático que registra la base de datos nominal de los beneficiarios de mayor vulnerabilidad económica y alimentaria de los distritos priorizados; así como, brindar la asistencia técnica necesaria para su implementación.
– Aprobar mediante Resolución de la Secretaría de Descentralización, las disposiciones complementarias para la implementación de los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir en el proceso de atención alimentaria complementaria en el marco del Decreto de Urgencia Nº 068-2020”.”
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación del Anexo de la presente resolución, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Derogación
Derogar la Resolución Viceministerial Nº 001-2020-PCM/DVGT que aprobó los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir en el proceso de atención alimentaria complementaria regulado por el Decreto de Urgencia Nº 068-2020”.