Aprueban la verificación posterior de los medidores de agua, de energía eléctrica y de gas como parte del control metrológico, que serán realizadas por las Unidades de Verificación Metrológica autorizadas por la Dirección de Metrología

RESOLUCION DIRECTORAL N° 005-2018-INACAL/DM

Por la presente norma se aprueba la verificación posterior de los medidores de agua, medidores de energía eléctrica y medidores de gas como parte del control metrológico, las cuales serán realizadas por las Unidades de Verificación Metrológica autorizadas por esta Dirección.

En tal sentido, el plazo de adecuación; para que los organismos acreditados se autoricen como Unidad de verificación Metrológica para realizar la verificación posterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1; es de 03 meses contados a partir de la publicación de la presente resolución.

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