APRUEBAN LA DIRECTIVA Nº 002-2016- SUNAFIL/INII, DENOMINADA “DIRECTIVA PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INSPECTIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”


 

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 058-2016-SUNAFIL

 

El derecho a la salud, y a la protección de los trabajadores es reconocido por la Constitución Política del Perú en sus artículos 7 y 23, respectivamente. En ese sentido, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales a través del deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes a través del diálogo social, deben velar por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia.

 

La directiva aprobada por la presente Resolución y que fue propuesta por la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva en el ejercicio de sus funciones, es un instrumento técnico normativo que establece y uniformiza las pautas generales de la función inspectiva de fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, al existir distintos criterios de actuación inspectiva por parte de las distintas autoridades inspectivas que componen el Sistema de Inspección del Trabajo, a nivel nacional.

 

La presente resolución y su anexo se encuentran publicadas en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral– Sunafil (www.sunafil.gob.pe)

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