RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL
N° 09-2016-SUNAT/5F0000
APRUEBAN LA “CARTILLA DE REFERENCIA DE VALORES” Y SUS INSTRUCCIONES
En los casos de despacho simplificado de importación, a elección del importador, el valor en aduana se puede determinar de acuerdo con la Cartilla de Referencia de Valores que se publique en el Portal Institucional, siendo que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 520-2012/SUNAT/A se aprobó la “cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones.
En ese sentido, resulta necesario actualizar la relación de productos y valores en la citada cartilla, considerando los avances tecnológicos y las variaciones de precios en los mercados internacionales.
Mediante la presente Resolución se aprueba “cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente resolución, los cuales serán publicados en el portal institucional (www.sunat.gob.pe). Asimismo, se deja sin efecto la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 520- 2012/SUNAT/A.