RESOLUCIÓN
DE SUPERINTENDENCIA
N°
102-2016/SUNAT
El Decreto Legislativo
N° 1126 establece medidas de control en los insumos químicos y productos
fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas
ilícitas, y normas modificatorias; A su vez, el segundo párrafo del artículo 46
del referido decreto legislativo indica que el Usuario comunicará a la SUNAT
las operaciones inusuales de las que tome
Conocimiento durante
el desarrollo de sus actividades.
En ese sentido, se requiere la
aprobación del Formulario N° F-104 “Comunicación de operaciones inusuales”, a
ser utilizado por los Usuarios a efecto de comunicar las operaciones inusuales
de las que tomen conocimiento durante el desarrollo de sus actividades.
Los Usuarios, luego del llenado del
mencionado formulario, deben escanearlo y enviarlo por correo electrónico a la
Gerencia de Fiscalización de Bienes Fiscalizados de la Intendencia Nacional de
Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (fiscalización_iqbf@sunat.gob.pe).
El referido formulario se encontrará a
disposición de los Usuarios en SUNAT Virtual y en cualquier centro de servicios
al contribuyente.