Aprueban Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal

D.S. N° 029-2014-PCM.-

Aprueban la Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal, que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo, que desarrolla los siguientes ejes:

– Eje Estratégico N° 1: Consolidación de la Formalización.

– Eje Estratégico N° 2: Fiscalización y Control.

– Eje Estratégico N° 3: Remediación de Áreas Afectadas.

– Eje Estratégico N° 4: Atención Social y Calidad de Vida.

Estableciendo un plazo de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir del 20 de abril de 2014, se presentarán las propuestas legislativas y se aprobarán las propuestas normativas que permitan dar solución y viabilizar la implementación de la Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal.

Asimismo, respecto al Registro de Saneamiento indican que serán objeto aquellos mineros informales que al 19 de abril de 2014 cuenten con estatus de vigente en el Registro Nacional de Declaración de Compromisos del Ministerio de Energía y Minas.

Mediante Resolución Ministerial del sector Energía y Minas se aprobará el Registro de Saneamiento a los ciento veinte (120) días de concluido el proceso de formalización, considerando a los mineros informales señalados en el párrafo precedente que cumplan con la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.

El Registro de Saneamiento antes referido será de acceso público a través del Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas.

Finalmente, mediante la única Disposición Complementaria Final, se establece que los representantes de las organizaciones regionales de mineros y demás interesados podrán presentar aportes y comentarios ante la Comisión Multisectorial Permanente de Seguimiento de las Acciones del Gobierno frente a la Minería Ilegal y del Desarrollo del Proceso de Formalización para el desarrollo y eficacia de la Estrategia de Saneamiento.

Fecha de publicación: 19.04.14

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