Aprueban el Sistema de Notificación Electrónica del Ministerio de la Producción.

D.S. N° 012-2014-PRODUCE.-

El Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el Sistema de Notificación Electrónica del Ministerio de la Producción, a efecto de regular la notificación electrónica de los actos administrativos recaídos en los procedimientos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad.

El Decreto Supremo es de aplicación a:

a. Los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Producción que participan en los procedimientos administrativos previstos en el TUPA del Ministerio de la Producción.

b. Los administrados que autorizan la notificación electrónica de los actos administrativos que se emitan como parte de un procedimiento administrativo contemplado en el TUPA del Ministerio de la Producción.

Autorización para la notificación electrónica de actos administrativos

La notificación electrónica de actos administrativos se realizará solo si se cuenta con la autorización expresa del administrado en cualquier etapa del procedimiento administrativo. Para tal efecto, el administrado debe otorgar la autorización, así como brindar una dirección válida de correo electrónico y un número de teléfono móvil por medio de un formulario que será aprobado previamente por el Ministerio de la Producción. La autorización proporcionada por el administrado será incorporada al expediente físico o virtual correspondiente.

Los actos administrativos se notificarán electrónicamente en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su expedición, en congruencia con el principio de celeridad.

*El Ministerio de la Producción aprobará una cartilla informativa que contenga la información relevante para los administrados sobre la notificación electrónica, así como un manual de usuario para los funcionarios y unidades que correspondan.

Domingo 14 de diciembre de 2014

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