RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 052-2016-TR
La Ley N° 30364, tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda
forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres
por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en
especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o
situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores
y personas con discapacidad.
A su vez, dicho cuerpo normativo regula los derechos laborales de las
trabajadoras o trabajadores víctimas de violencia, estableciendo sus derechos a
no sufrir un despido, al cambio de lugar o del horario de trabajo, a la
justificación de las inasistencias y tardanzas, entre otras acciones derivadas
de los actos de violencia, y a la suspensión de la relación laboral sin goce de
haber; Y, a su vez dispone que es el Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo quien es responsable de efectuar las coordinaciones necesarias con las
instancias pertinentes a fin de garantizar lo dispuesto en dicha Ley.
En ese sentido se tiene a bien aprobar el “Protocolo de Actuación
frente a la vulneración de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores víctimas de
violencia”.
El total de dicha resolución y su anexo correspondiente podrán ser visualizados
en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe).