APRUEBAN EL PLAN DE ACCIÓN DE INTERVENCIÓN DEL SECTOR AMBIENTAL EN LAS ZONAS DECLARADAS EN ESTADO DE EMERGENCIA POR EL D.S. N° 034-2016-PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 135-2016-MINAM

El Estado de Emergencia declarado en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras, y Laberinto en la provincia de Tambopata; Fitzcarrald, Manu, Madre de Dios y Huepetuhe, en la provincia de Manu; e Iñapari, Iberia y Tahuamanu, en la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios por la contaminación por mercurio, se realizó por un plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación orientadas a reducir los efectos dañinos causados por dicha situación.

 

En ese sentido, los Ministerios involucrados en la Declaratoria de Estado de Emergencia, en un plazo no menor de cinco (05) días calendario contados a partir de la publicación del Decreto que hace la declaratoria, deben remitir el Plan de Acción Sectorial de Intervención en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, por lo que, la presente resolución aprueba el Plan de Acción de Intervención del Sector Ambiental en las zonas declaradas en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo N° 034-2016- PCM, que como Anexo forma parte integrante y dispone su publicación en el Diario Oficial El Peruano(http://www.elperuano.pe/), así como en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe/).

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