RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000171-2020-P-CSJLI-PJ
Para asegurar: (i) las condiciones necesarias para que el grupo de riesgo realice el trabajo remoto, (ii) se provea a los magistrados y trabajadores del material de higiene apropiado y suficiente; (iii) la fumigación de todas las instalaciones del Poder Judicial en su distrito, antes del reinicio de las labores luego de levantamiento de la suspensión y después de forma periódica; y, (iv) velar por el cumplimiento de la disposición de resguardo de la salud del personal de atención al público.