APRUEBAN DISPOSICIONES RELATIVAS AL BENEFICIO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DISPUESTO POR LA LEY Nº 29518, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA PROMOVER LA FORMALIZACIÓN DEL TRANSPORTE PÚBLICO INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 214-2016/SUNAT
Mediante la presente Resolución, se dispone que el monto a devolver correspondiente a las adquisiciones realizadas entre el 1 y el 6 de julio de 2016, determinado según el procedimiento previsto en el artículo 4 del Reglamento de la Ley N.º 29518, aprobado por el Decreto Supremo N.º 145-2010-EF y norma modificatoria, se incluirá en la solicitud de devolución, independientemente del importe de dicho monto.