Aprueban disposiciones relativas al beneficio de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por la Ley N° 28226 al transporte público interprovincial de pasajeros y de carga

Res. N° 089-2007/SUNAT

Se han dispuesto que el porcentaje que representa la participación del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galón del combustible a que hace referencia el inciso b) del artículo 9° del Derecho Supremo N° 140-2004-EF y norma modificatoria, es el siguiente:

Período

Porcentajes de Participación del ISC (%)

Enero 2007

19.6%

Febrero 2007

20.1%

Marzo 2007

20.1%

Abril 2007

20.0%

 

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