Res N° 360-2013/SUNAT.-
Incorpora en el primer párrafo del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 234-2008/SUNAT y modificatoria.
Asimismo, disponen incorporar en el Anexo 1: Relación de Libro y Registros vinculados a asuntos tributarios de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias.
Finalmente incorporan en el Anexo 2: Plazos de atraso de Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias.
La presente resolución entrara en vigencia a partir del 1 de enero de 2014.