D.S. N° 002-2014-MINAM.
Mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, se aprobaron los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo.
Señalan que a fin de precisar las acciones que demanda la identificación de un sitio impactado, la elaboración y ejecución del plan de descontaminación de suelo; así como situaciones de cumplimiento e incumplimiento de instrumentos de gestión ambiental, incluyendo aquellos casos en que se encuentre en trámite de aprobación, resulta necesario aprobar disposiciones complementarias para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo.
Por lo cual, disponen establecer disposiciones complementarias para la aplicación del Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM y el cumplimiento gradual de los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo contenidos en dicha norma.
Asimismo, establecen las fases para la aplicación del Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo, señalando a todo proyecto y/o actividad, cuyo desarrollo dentro del territorio nacional genere o pueda generar riesgos de contaminación del suelo en su emplazamiento y áreas de influencia, se sujeta a un proceso que involucra tres (03) fases claramente diferenciadas según los objetivos que persiguen. Para la ejecución de cada una de estas fases se aplicarán las Guías establecidas en el Decreto Supremo N° 002- 2013-MINAM.
Las fases para la aplicación del ECA para Suelo señaladas son:
Fase de identificación
Fase de caracterización (ERSA)
Fase de remediación