APRUEBAN “DIRECTIVA PARA LA APLICACIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE BOSQUES HÚMEDOS COMO MECANISMO DE COMPENSANCIÓN DEL PAGO DE MULTAS IMPUESTAS POR OSINFOR, A COMUNIDADES NATIVAS Y CAMPESINAS»

APRUEBAN “DIRECTIVA PARA LA APLICACIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE BOSQUES HÚMEDOS COMO MECANISMO DE COMPENSANCIÓN DEL PAGO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE – OSINFOR, A COMUNIDADES NATIVAS Y CAMPESINAS” 

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 027-2016-OSINFOR

 

 

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se creó el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre –OSINFOR, como Organismo Publico Ejecutor, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque.

 

De esta manera, OSINFOR se encuentra facultado para dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellos que se refieran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes.

 

En tal sentido, la presente Resolución aprueba la Directiva N° 005-2016-OSINFOR/05.2, “Directiva para la aplicación de la conservación de bosques húmedos como mecanismo de compensación del pago de multas impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, a comunidades nativas y campesinas” que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, la misma que entrará en vigencia a los sesenta (60) días calendario siguientes de la publicación de esta en el Diario Oficial El Peruano.

 

La presente Directiva aprobada se encuentra en el Portal Institucional de Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR (www.osinfor.gob.pe)   

 

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