R.J. N° 107-2015/SIS.-
Mediante Resolución Jefatural N° 216-2008/SIS del 19 de noviembre de 2008, se aprobó el Instructivo N° 009-2008-SIS-J/GO para el llenado del Formato Único de Atención para todos los establecimientos de salud de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4, II-1, II-2, III-1 y III-2, modificado posteriormente por Resolución Jefatural Nº 207-2014/SIS del 29 de setiembre de 2014
Establecen necesario actualizar el Formato Único de Atención para el registro de las prestaciones financiadas por el SIS, así como su Directiva para el correcto llenado del mismo;
De lo señalado, disponen dejar sin efecto el Formato Único de Atención aprobado con Resolución Jefatural 157-2008/SIS y el Instructivo N° 009-2008-SIS-J/GO para el llenado del Formato Único de Atención SIS para todos los establecimientos de salud de las Categorías I-1, I-2, I-3, I-4, II-1, II-2, III-1 y III-2, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 216-2008/SIS, y la Resolución Jefatural N°207-2014/SIS.
Aprueban la Directiva Administrativa N° 001-2015-SIS/GREP – V.01 “Directiva Administrativa sobre el llenado del Formato Único de Atención (FUA) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas, Privadas o Mixtas en el Marco de los Convenios o Contratos aprobados por el Seguro Integral de Salud (SIS)” y sus seis (6) Anexos que forman parte integrante de la Resolución.
Para la implementación de la Directiva se cuenta con un plazo de noventa (90) días a partir de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, luego de la cual es obligatorio su cumplimiento.