Res. N° 001-2011-AG-DGFFS
Se aprueba la cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de Pecari tajacu "sajino" y de Tayassu pecari "huangana" provenientes de la caza de subsistencia (despojos no comestibles) para el período del año 2011. Las administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestres del Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales mediante sus oficinas encargadas en materia forestal y de fauna silvestre, serán las encargadas de emitir guías de transporte de fauna silvestre para especímenes cueros y/o pieles provenientes de la caza de subsistencia.