D.S. N°008-2013-PRODUCE.-
El art.1° del Decreto Supremo menciona al Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el ámbito marítimo, creado por Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, comprende las actividades de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras y acuícolas a nivel nacional.
El presente Decreto aprueba el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, cuyo texto se adjunta en calidad de anexo y forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Asimismo señalar que en la Primera Disposiciones Complementarias Transitorias y Final del Decreto Supremo, se establece la entrada vigencia al día siguiente de su publicación, con excepción de las Disposiciones Transitorias y Finales Quinta, Sexta, Sétima y Octava que entrarán en vigencia a los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma.