RESOLUCIÓN N° 050-2019-SUNAT/700000
Por la presente Resolución establece que tratándose de las infracciones señaladas en el inciso 8.1.2 del párrafo 8.1 del artículo 8 de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT y normas modificatorias, si en una acción de control se detecta la comisión de varias infracciones que tienen la misma tipificación sólo se aplicará una multa. Para ello, se deberá considerar lo siguiente:
- Se aplicará la multa por la infracción más antigua, de ser el caso.
- Se considera acción de control a cualquier acción que realiza la SUNAT a efecto de determinar si el OSE cumple con sus obligaciones, pudiendo incluso tratarse de una comprobación en los sistemas de la SUNAT.