Res. N° 227-2007/SUNAT.-
Se amplía la desconcentración efectuada a los Intendentes Regionales y Jefes de Oficina Zonal mediante Resolución de Superintendencia N° 117-2007/SUNAT, permitiéndoles autorizar la donación o destino de cualquier bien comisado no declarado en abandono, a favor de las instituciones sin fines de lucro de tipo asistencial, educacional o religioso oficialmente reconocidas y de las entidades públicas. En este sentido, se ha modificado el Artículo 25° del Reglamento de la Sanción de Comiso de Bienes prevista en el Artículo 184° del Código Tributario, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 157-2004/SUNAT.