Ahora Indecopi deberá resolver casos de dumping en no más de siete meses

Hasta ahora, el tope legal mínimo para que Indecopi resolviera casos de dumping, era de nueve meses, que en la práctica se podían ampliar hasta trece meses, pero con la nueva ley que regula el accionar de dicha institución referido a esa práctica comercial desleal, que acaba de aprobar el Congreso, el plazo máximo será de siete meses. La autógrafa de ley (aún a ser promulgada por el Ejecutivo), que detalla una serie de casos que podrán ser considerados prácticas de elusión al pago de derechos antidumping y compensatorios, establece a la vez diversos plazos perentorios para cada uno de los pasos que da Indecopi en esta materia. Fuentes del Congreso señalaron que el texto ya fue remitido al Ejecutivo y posiblemente hoy o mañana sería publicado, es decir, no prevén sea observado, dado que, indicaron, tiene también el respaldo de Indecopi. No obstante, el Mincetur había objetado el proyecto en su momento ante el Congreso, señalando que no era viable por contravenir compromisos asumidos por el Perú en el Acuerdo Antidumping de la OMC. El presidente de la SNI, Ricardo Márquez, señaló que esta ley nos pone a la par de nuestros socios comerciales en la lucha contra la competencia desleal que practican algunos exportadores de otros países y perjudican a la industria nacional que es competidora directa de esas empresas.

X
X