Aprueban el reglamento del régimen de gradualidad para la aplicación de las sanciones de multa previstas en la Ley General de Aduanas, para las infracciones cometidas o detectadas hasta el 30.12.2019

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000156-2020/SUNAT

El presente reglamento tiene por finalidad establecer el régimen de gradualidad aplicable a las sanciones de multa correspondientes a las infracciones cometidas o detectadas hasta el 30.12.2019 tipificadas en:

a) Los numerales 1, 4, 5 y 6 del inciso a); numerales 1, 6, 8 y 10 del inciso b); numerales 2, 4, 5, 7 y 11 del inciso c); numerales 1 y 2 del inciso d); numeral 1 del inciso e); numerales 3 y 4 del inciso f); numerales 1, 2, 3 y 4 del inciso g); numerales 1 y 4 del inciso h); numerales 1, 2, 4, 5 y 7 del inciso i); numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del inciso j); numeral 2 del inciso k) e inciso l) del artículo 192 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053.

b) El numeral 3 del inciso c) del artículo 192 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, cuando no tenga incidencia en su determinación.

c) El segundo párrafo del artículo 197 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053.

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