Amplían vigencia de las Medidas Extraordinarias relacionadas al procedimiento de atención de reclamos de usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 100-2020-CD/OSIPTEL

Artículo 1.- Ampliar hasta 31 de diciembre de 2020 la vigencia de las siguientes Medidas Extraordinarias:

(i) La suspensión del artículo 25 numeral 2 del Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, referido a la condición de sujetos activos del procedimiento a los usuarios de los servicios públicos de telefonía móvil, dispuesta en el segundo apartado del numeral (i) del artículo 2 de las Medidas Extraordinarias.

(ii) La suspensión de los artículos 60 numeral 1.a y 73 numeral 1.a, referido al uso del medio telefónico para la presentación de recursos de apelaciones y quejas.

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