Suspenden otorgamiento de garantías inherentes al orden público para la realización de cualquier concentración pública que reúna a más de 300 personas, mientras se mantenga vigente la emergencia sanitaria

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 297-2020-IN

Durante la vigencia de la presente resolución ministerial, el aforo de los locales donde se realicen concentraciones de personas es igual a la mitad del aforo autorizado por la entidad competente, o de ser el caso del aforo solicitado por el administrado.

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