Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia de ceder 3% del predio, sujeto a un proceso de habilitación urbana con fines industriales

RESOLUCIÓN N° 0159-2019/SEL-INDECOPI

La presente Resolución declara que exigencia de ceder el tres por ciento (3%) del predio, sujeto a un proceso de Habilitación Urbana con fines industriales, como pago del aporte reglamentario para Renovación Urbana, materializada en el artículo 9 de la Ordenanza 836-MML, que establece aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la provincia de Lima, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima es una barrera burocrática ilegal.

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