DECRETO SUPREMO N° 025-2018-SA
Por la presente norma se modifica el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 030-2014-SA, modificado mediante Decreto Supremo Nº 012-2017-SA, en los términos siguientes:
“Artículo 12. De los convenios que suscribe el SIS
El Seguro Integral de Salud (SIS) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados.
Subsidiariamente, el SIS podrá suscribir convenios con entidades públicas diferentes a las señaladas en el párrafo precedente, únicamente para cubrir las prestaciones administrativas que se brinden a sus asegurados.
Dichos convenios pueden tener una duración de hasta tres (3) años renovables. La renovación estará sujeta al resultado de las evaluaciones.”