SNI: Fortalecimiento de ley antidumping dará mayor impulso a producción industrial

  • SNI considera que iniciativa pone al Perú a la par de socios comerciales en la lucha contra la competencia desleal que practican algunos exportadores.

Lima, 27 de junio de 2018.- La Sociedad Nacional de Industrias (SNI) destacó la medida que tomó el Congreso de la República al aprobar por unanimidad el proyecto de Ley 2895, el cual propone una norma que combate las prácticas elusivas de derechos antidumping y compensatorios a aquellos productos cuyos precios, al contar con algún subsidio de producción en su país de origen o son exportados a precios dumping, perjudican a la producción de la industria peruana.

El presidente de la SNI, Ricardo Márquez, señaló que en el mundo, son muchos los países que cuentan ya con normas destinadas a prevenir estas malas prácticas consistentes en evadir los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones, a través de modalidades elusivas como la exportación de partes y piezas de un producto afecto, en algunas ocasiones, incluso falseando el origen real del producto exportado, entre otros.

Indicó que entre los países que tienen legislación antielusión vigente y notificada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) están Colombia y México ( en la Alianza del Pacífico), China, Tailandia, Panamá, Brasil, Argentina, Australia, Estados Unidos y la Unión Europea (socios TLC), e incluso Turquía y la India.

“Esta iniciativa nos pone a la par de nuestros socios comerciales en la lucha contra la competencia desleal que practican algunos exportadores de otros países y que perjudican a la industria nacional directamente competidora. Con la aprobación de esta importante Ley, Perú se equipara a la mayor parte de sus socios comerciales”, afirmó el dirigente empresarial de la SNI.

Explicó que la normativa multilateral de la OMC establece regulaciones para la imposición de derechos antidumping y compensatorios que tienen rango de ley en el Perú. No obstante, los países miembros de la OMC reconocen que la elusión constituye un problema real, por lo que siendo conscientes de la conveniencia de establecer normas uniformes, acordaron derivar el asunto al Comité de Prácticas Antidumping de la OMC. Este Grupo Especial viene trabajando desde 1997 sin haber llegado a un acuerdo a la fecha.

Ante la falta de normativa multilateral, el presidente de la SNI, manifestó que no existe ningún impedimento legal para que los países de manera soberana adopten normas antielusión, complementarias a las normas antidumping y compensatorias, que aborde de manera seria y predictible, como contrarrestar esta práctica que además de ser doblemente desleal, genera un serio perjuicio al fisco nacional, al dejar de pagar derechos legal y válidamente impuestos por el Estado Peruano.

“Estamos seguros que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) velará por la correcta utilización de este instrumento legal, para evitar tanto la elusión de los derechos antidumping como el abuso “proteccionista”  que algunos importadores temen”, finalizó Márquez Flores.

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