29-07-13
Res. N° 017-2013-SMV/01
Autorizan la difusión del proyecto que modifica el Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución CONASEV N° 055-2001-EF/94.10, y los Criterios aplicables al procedimiento administrativo sancionador por incumplimiento de las normas que regulan la remisión de información periódica o eventual, aprobados por Resolución SMV Nº 006-2012-SMV/01. Asimismo, disponen que el Proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores a través de la siguiente dirección: http://www.smv.gob.pe
El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida Santa Cruz 315 – Miraflores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRGLTOSanciones@smv.gob.pe.