AUTORIZAN A LOS TERMINALES
PESQUEROS ADMINISTRADOS POR EMPRESAS PESQUERAS INDUSTRIALES PARA QUE PREVIO
REQUERIMIENTO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN
EL ARTÍCULO 3 DEL D.S. N° 026-2016-PRODUCE, REALICEN ACTIVIDADES DE DESCARGA DE
PRODUCTOS HIDROBIOLÓGICOS TÚNIDOS DE NAVES PESQUERAS ATUNERAS PROVENIENTES DE
AGUAS INTERNACIONALES
RESOLUCIÓN DE
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº
056-2017-APN/DIR
Mediante la presente resolución
se autoriza a los terminales pesqueros administrados por empresas
pesqueras industriales para que, previo requerimiento del Ministerio de la
Producción y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo
N° 026-2016-PRODUCE, realicen actividades de descarga de productos
hidrobiológicos túnidos de naves pesqueras atuneras provenientes de aguas
internacionales.
Asimismo, dispone que para la obtención de
la autorización a que hace referencia el artículo anterior, la Autoridad
Portuaria Nacional evaluará la infraestructura del terminal pesquero
correspondiente; asimismo, dichos terminales deberán cumplir con las
disposiciones que regulan el Código PBIP y lo dispuesto por la Norma Técnica de
Protección Portuaria, aprobada por Resolución de Acuerdo de Directorio N°
044-2017-APN/DIR o la norma que la modifique o sustituya.