RESOLUCIÓN Nº 169-2017/CDB-INDECOPI
Mediante la presente Resolución, se imponen derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarios de la República Popular China, por un periodo de cuatro (04) meses, según el siguiente detalle:
“Derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarios de la República Popular China
(En US$ por kilogramo)
* Las importaciones que registren precios FOB superiores a estos precios tope no estarán afectas al pago de los derechos antidumping.
(…)”